DIRECTIA. Certificación de Directivos Públicos

El artículo 13.1 de la ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público define como directivo público profesional: “Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración”.
El Directivo Público Profesional es un creador de valor público, colaborador directo de Personas que desarrollan una Función Política de máxima responsabilidad, por lo tanto sus funciones y tareas se sitúan en la intersección entre lo político, lo estratégico y lo operativo.
Siendo un sistema de predicción basado principalmente en el perfil “porque tiene, hará”, se ha consensuado una definición de perfil de directivo público común para los retos organizativos que permite la escalabilidad al sistema a todo el sector público español.
El Sistema aporta, por lo tanto, una definición completamente operativa, indicando requisitos formativos, de experiencia, de destrezas, de competencias y de habilidades que deben acreditarse en el proceso de certificación para los perfiles indicados.
Sus competencias y valores principales incluyen:
  • Actuar en el marco de la Gobernanza y Estrategia
  • Liderar e Innovar
  • Orientar y comprometer las actuaciones al logro de resultado
  • Crear y Gestionar equipos
  • Comunicar y actuar con transparencia.
  • Gestionar recursos públicos
  • Desarrollar una Conducta Ética.

Los prerrequisitos para certificarse

El Sistema de Certificación de DPPs (SC/DPP), establece, a su vez, unos prerrequisitos mínimos de acceso al proceso de certificación, que no pretende sustituir a los requisitos y condicionantes de un proceso selectivo desarrollado por las instituciones, sino que establece los mínimos de experiencia y formación que los retos organizativos planteados necesitan desde la perspectiva del modelo de generalización. Este mínimo de formación y experiencia no es evaluado en el proceso, sino que su finalidad es restringir los falsos positivos.
Los prerrequisitos DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIA para las categorías actuales son:

Formación previa. 

La formación previa que se requiere en cada categoría es:
Categorias  Categoria 1 Categoría 2 Categoría 3
Tipo 1
Tipo 2
Opción 1
Opción 2
Opción 1
Opción 2
Titulación universitaria
Un título universitario de grado, diplomatura, licenciatura, ingeniería o equivalente español. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
O bien con un título universitario de grado, diplomatura, ingeniería técnica, o equivalente o 
o bien con el título universitario de grado y máster, licenciatura, ingeniería o equivalente español
O bien con un título universitario de grado, diplomatura, ingeniería técnica, o equivalente
O bien con el título universitario de grado y máster, licenciatura, ingeniería o equivalente español
Formación en Gestión Pública Acreditada Oficial o reconocida
No se requiere
Curso de HEADs. (mínimo de 20 horas o 1 crédito ETCS) Homologado por el Organismo de Certificación. (con este curso superado se demuestra su conocimiento en las HEAD y pasa directamente a la fase 2 de la evaluación. 
y 80 horas de formación en Gestión Pública Acreditada Oficial o reconocida
Y 20 horas en caso de que se haya impartido esa misma formación.
Y 500 horas de formación o programa Master en Gestión Pública Acreditada Oficial o Reconocida o 150 horas en caso de que se haya impartido esa misma formación.
 y 150 horas de formación en Gestión Pública Acreditada Oficial o Reconocida o 40 horas en caso de que se haya impartido esa misma formación.
Nota: Los títulos universitarios estarán verificados por Consejo de Universidades a través del cauce procedimental previsto en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en la redacción dada por el Real Decreto 861/2010 de 2 de julio, con la modificación publicada en BOE el 22/11/2014. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. La formación acreditada se corresponde con los POSGRADOS OFICIALES Y ACREDITADOS específicos en dirección pública, liderazgo público e institucional; así como los cursos conseguidos a través del tercer ciclo (DOCTORADOS), en cualquiera de las instituciones públicas y/o privadas OFICIALES Y ACREDITADAS por las diferentes Agencias española y Autonómicas en esta materia y Programas Formativos de Formación Directiva impartidas por las Escuelas e Institutos de Administración Pública. La formación reconocida será aquella no acreditada por un organismo de acreditación y para validarse seguirá procedimiento del CERPER. Este reconocimiento consiste en la comprobación de que la formación incluye la gestión o dirección de organizaciones en las horas establecidas.

Experiencia previa

Experiencia   Categoría 1   Categoría 2    Categoría 3  
Tipo 1 Tipo 2 Opción 1 Opción 2  Opción 3   Opción 1 Opción 2 
En retos de categoría 1.  3 años como técnico 10 años como Directivo  11 años como técnico  5 años como responsable  1 año como directivo  7 años como responsable o jefe de proyectos  3 años como directivo 
En retos de categoría 2 7 años como técnico miembro de proyectos 3 años como responsable o jefe de proyecto 5 años como responsable o jefe de proyectos 1 año como directivo
 En retos de Categoría 3 3 años como responsable o jefe de proyectos
 Observaciones  Se requerirá un año menos de experiencia de la indicada en cualquiera de los casos si las organizaciones consideradas tienen alguna de las características siguientes: financieramente independiente, en régimen de competencia en el mercado, interterritorial o intersectorial.    
 En cualquier caso deberá disponer de cinco años de experiencia profesional mínima sumando la experiencia de diferentes escalas.    En cualquier caso deberá disponer de siete años de experiencia profesional mínima sumando la experiencia de las diferentes escalas. 
 La experiencia, tanto en el ámbito público como en el ámbito privado o tercer sector, con posterioridad a la obtención del título de referencia.

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